20 de diciembre de 2022
La Ley 1/2019 especifica en su artículo 48.1 la obligación de retirar y eliminar símbolos del franquismo, incluyendo las placas de promociones de viviendas acompañadas de símbolos alusivos a la dictadura.

Desde la Consejería de Presidencia se ha recordado a las entidades locales que, tal y como indica el artículo 48.2 de la Ley 1/2019, "las Entidades Locales, en el ejercicio de sus competencias y de conformidad con lo establecido en el apartado primero, deben adoptar las medidas necesarias para proceder a la retirada o eliminación." Cuando estos elementos, como en el caso de las placas de promociones de viviendas se encuentran en edificios de carácter privado con proyección al espacio público, la ley especifica que: “las personas o comunidades propietarias de los mismos deberán retirarlos o eliminarlos.”

En caso de no actuar y retirar esta simbología, la ley citada recoge en el título V el régimen sancionador aplicable en cada caso, que puede oscilar entre 2.001 a 10.000 euros de multa.