El Consejo de Memoria Democrática es el órgano consultivo y de participación creado para impulsar las políticas de memoria democrática en el Principado de Asturias. Su objetivo principal es garantizar el derecho ciudadano a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición, en relación con los hechos ocurridos durante la Guerra Civil y la dictadura franquista.

Este Consejo se regula por la Ley 1/2019, de 1 de marzo, para la recuperación de la memoria democrática en Asturias, y por el Decreto 14/2023, que desarrolla dicha ley. Entre sus funciones destacan:

  • Asesorar al Gobierno del Principado en la aplicación de la Ley de Memoria Democrática.

  • Proponer medidas para la localización, identificación y dignificación de las víctimas.

  • Fomentar la investigación y la divulgación sobre la memoria democrática.

  • Impulsar la participación social en las políticas de memoria.

El Consejo está formado por representantes de la Administración, entidades memorialistas, expertos y organizaciones sociales, garantizando una visión plural y participativa.

Composición del Consejo

  • Presidencia: La persona titular de la Consejería competente en materia de memoria democrática.

  • Vocalías:

    • Representantes de las distintas consejerías del Gobierno del Principado de Asturias.

    • Representantes de los grupos parlamentarios de la Junta General del Principado.

    • Un representante de la Federación Asturiana de Concejos (FACC).

    • Un representante de la Universidad de Oviedo.

    • Representantes de las entidades memorialistas inscritas en el registro correspondiente.

    • Personas expertas en historia, derechos humanos y memoria democrática, designadas por el Gobierno.

  • Secretaría: Una persona funcionaria designada por la Consejería competente.

Este diseño garantiza la participación institucional, académica y social en la elaboración y seguimiento de las políticas de memoria democrática


Normativa

  • Ley 1/2019, de 1 de marzo, para la recuperación de la memoria democrática en Asturias

  • Decreto 14/2023, por el que se desarrolla la Ley 1/2019